jueves, 14 de octubre de 2010

Los portafolios electrónicos para promover el aprendizaje activo del Derecho

Los portafolios electrónicos o e-portfolios, son herramientas virtuales auxiliares de un proceso dinámico de aprendizaje.

¿En qué consiste un e-portfolio?

Existen diversos tipos de portafolios, para el docente, los estudiantes, impersonales como los institucionales, etc, para efectos de este apartado nos enfocaremos en los portfolios estudiantiles

Un portafolio de estudiante colecciona evidencias del aprendizaje logrado por el estudiante, las capacidades, habilidades y conocimientos logrados durante un periodo determinado.

Destaca la capacidad reflexiva sobre el propio aprendizaje logrado, con la oportunidad de retroalimentación sobre la misma reflexión manifiesta en el portafolio.


Si en la enseñanza del Derecho basada en el modelo tradicional de enseñanza ha sido duramente criticada por promover la pasividad de los alumnos, no fomentar la capacidad crítica del alumno sobre sus propios aprendizajes, además, de no generar conocimientos prácticos...


¿ Cuáles serían los beneficios de implementar los e-portfolios para la enseñanza del Derecho? y/o ¿Cómo se implementarían?



4 comentarios:

  1. hoooola:


    Primero tendrías que convencer a los abogansters de que el e-portafolio tiene bondades para desarrollar un proceso evaluativo. Para ello habría que enseñarles como diseñarlo y cómo funciona.
    Pero bueno sería una buena manera de sar el salto entre la calificación obtenida a través de "exámenes" tradionales en donde se pide practicamente recitar el conocimiento aludiendo a la memoria, y atreverse a usar una forma distinta de evaluación más formativa.

    salu2.

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  2. Estimada Crolina:

    Vas a aportar mucho en esto de los portafolios para los lics. El uso de estos en tu área Es muy útil para litigar tener evidencias sobre el desmpeño legal, como muestra para una impartición de la justicia, y más en países como lo snuestros. ¿Tú para que áreas o problemas lo aplicarías?

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  3. De momento sería en el nuevo proceso penal acusatorio ( juicios orales).

    Específicamente, para los jueces encargados de excluir del proceso aquellas pruebas presentadas por el acusado o el fiscal que no considera pertinentes para el caso.

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  4. Qué lástima que no pudiste ir, se puso muy bien. Fuimos centrados los ponentes y nuestro público nos retroalimentó con preguntas inteligentes.

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